Por Tenesaca Chacaguasay Miguel Angel
Es aquella justicia que nace de la ley, es decir, es aquella potestad que nace o se deriva de la voluntad soberana del Estado, en pocas palabras "del pueblo ecuatoriano". Se encarga de aplicar el derecho en el caso concreto, resolviendo así, de manera absoluta una controversia.
Este tipo de justicia a diferencia de la justicia constitucional (Constitución y Tratados internacionales de DDHH), vela por garantizar el cumplimiento de las normas infraconstitucionales, así como también, ejercer el control de legalidad, cuando existen inconsistencias sobre un precepto legal.
Las materias que conocen son: penal (delitos, contravenciones y garantías penitenciarias), no penal (Civil, Mercantil, Familia, Trabajo, Inquilinato, Contencioso Administrativo y Contencioso Tributario) y constitucional (Acción de protección, Acción de Habeas Corpus, Acción de Habeas Data, Acción de Acceso a la Información Pública).
Este tipo de justicia a diferencia de la justicia constitucional (Constitución y Tratados internacionales de DDHH), vela por garantizar el cumplimiento de las normas infraconstitucionales, así como también, ejercer el control de legalidad, cuando existen inconsistencias sobre un precepto legal.
Las materias que conocen son: penal (delitos, contravenciones y garantías penitenciarias), no penal (Civil, Mercantil, Familia, Trabajo, Inquilinato, Contencioso Administrativo y Contencioso Tributario) y constitucional (Acción de protección, Acción de Habeas Corpus, Acción de Habeas Data, Acción de Acceso a la Información Pública).
La justicia ordinaria está conformada por la Corte Nacional de Justicia (máximo órgano), Cortes Provinciales, Jueces y Tribunales de 1era instancia, y por los demás métodos alternativos de solución de conflictos (mediación, arbitraje y jueces de paz).
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| Estructura de la Justicia Ordinaria. (Elaborado por Miguel Tenesaca Chacaguasay) |
La Corte Nacional de Justicia, como organismo máximo de la justicia ordinaria, tiene jurisdicción a nivel nacional, su sede se encuentra en la ciudad de Quito. Está compuesta por 21 jueces, divididos por materias (penal, civil, laboral, etc..). (Elaborado por Miguel Tenesaca Chacaguasay)
Entre las atribuciones más importantes tenemos:
Entre las atribuciones más importantes tenemos:
- Control de Legalidad.- Cualquier decisión de los jueces y tribunales de justicia de este país, cuando apliquen la norma, son objeto de control de legalidad. (art. 180 numeral 6 COFJ).
- Recurso extraordinario de casación.- Conocer el recurso extraordinario de casación, que es presentada por el recurrente, con la finalidad de anular la sentencia. Aplica en los siguientes casos cuando a) indebida aplicación de la norma, falta de aplicación de la norma o errónea interpretación de la norma (tanto las normas sustantivas, como las adjetivas), b) cuando en las sentencias no se cumpla o no contengan, los requisitos establecidos en la ley, y, c) cuando se haya resuelto en la sentencia, más de lo demandado. (art. 268 COGEP, art. 656 COIP).
- Jurisprudencia legal.- Es el fallo que toma el Pleno de la Corte Nacional de Justicia, respecto una controversia jurídica no resuelta por la ley, y manifestada reiteradamente (3 mínimo) en juicios (art. 185 inciso primero CRE, arts. 180 numeral 2 y, 182 COFJ).
- Tribunal de fuero.- El fuero es el derecho que tiene una persona, de ser juzgado por el juez competente. En este caso la Corte Nacional de Justicia es competente, de acuerdo a la ley, de conocer y sustanciar los procesos que se inicien contra servidores públicos como: Presidente de la República, Vicepresidente de la República, Jueces de la Corte Constitucional, entre otros servidores públicos (art. 184 numeral 3 CRE, art. 180 numeral 1 COFJ).
CRE.- Constitución de la República del Ecuador.
COFJ.- Código Orgánico de la Función Judicial.
COGEP.- Código Orgánico General de Procesos.
COIP.- Código Orgánico Integral Penal.
DDHH.- Derechos humanos.

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