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miércoles, 7 de noviembre de 2018

DERECHOS, LEGITIMIDAD, LEGALIDAD Y NORMA JURÍDICA

Por Tenesaca Chacaguasay Miguel Angel

Los derechos emanan de la condición humana, son de su naturaleza, desde el momento que nacemos los adquirimos, por ello son intrínseco del ser humano, se derivan de la dignidad humana, provienen y se derivan de nosotros por la condición única de ser HUMANOS.

La Constitución de la República del Ecuador en su artículo 11.7.-  establece: "el reconocimiento de los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos, no excluirá los demás derechos derivados de la dignidad de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades, que sean necesarios para su pleno desenvolvimiento".

Cuando nos referimos al artículo 11 numeral 7 de la Constitución de la República del Ecuador, en el que establece que “la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos, no excluirá los demás derechos derivados de la dignidad de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades, que sean necesarios para su pleno desenvolvimiento.”, trae consigo dos términos jurídicos que genera dudas para los estudiantes de derechos los mismos que son la LEGITIMIDAD y la LEGALIDAD, ya que tienden a confundirlos y muchas veces a decir que uno es sinónimo del otro.

Cuando hablamos de la legitimidad o lo legítimo, nos referíamos a que la legitimidad está anclada siempre en el ser humano, ya que es todo aquello que surge de los derechos. De ello surge los derechos legítimos, por ejemplo, mi derecho legítimo al nacer vendría hacer, lo que es el tener una nacionalidad por nacer en un territorio determinado, es decir, un sin números derechos de tipo ius natural [1].

Cuando hablamos de la legalidad o lo legal, nos referimos a que, la legalidad es todo aquellos que significa el cumplimiento de normas jurídicas o en otras palabras todo aquello que es conforme a la norma 
jurídica [2]. Un acto es legal cuando no incumple una norma jurídica, así, por ejemplo, el cruzar la calle por la zona cebra en la luz roja es un comportamiento legal ya que no se violenta ninguna norma.

Las normas jurídicas producen el control social, ya que hay derechos que se crean para el ser humano, nacen de las sociedades de clases, surgen del poder político. Las normas jurídicas producen en el ser humano una limitación a la libertad, ya que estas tienen como fin controlar el comportamiento de los individuos de una sociedad.

Las normas jurídicas legales serán legitimas en tanto y cuando estén conforme a los derechos del ser humano.

Las normas jurídicas legales serán ilegitimas, cuando es contraria a los derechos, serian inconstitucional.



[1] Son postulados de orden natural, que las personas adquieren por su condición de ser humanos, no necesitan de normas jurídicas para poder efectivizarlos, dentro de ellos tenemos el derecho a la vida, a la integridad fisica y psicológica, a la libertad de opinar, igualdad, a trabajar, y demás.
[2] Denomínese así la significación lógica creada según ciertos procedimientos instituidos por una comunidad jurídica y que, como manifestación unificada de la voluntad de ésta, formalmente expresada a través de sus órganos e instancias productoras, regula la conducta humana en un tiempo y un lugar definidos, prescribiendo a los individuos, frente a determinadas circunstancias condicionantes, deberes y facultades, y estableciendo una o más sanciones coactivas para el supuesto de que dichos deberes no sean cumplidos (J. C. Smith). Tomado del Diccionario de Ciencias jurídicas, políticas y sociales de Manuel Ossorio.

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